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Cláusula nula de los seguros de vida e invalidez

Actualizado: 23 nov 2023



Los bancos y su lucrativo negocio de los seguros han encontrado un filón a la hora de aumentar notablemente sus beneficios al estar habilitados como mediadores de seguros aún no siendo este su principal foco de actividad pero es tan rentable que los bancos destinan notables esfuerzos en colocar estos seguros a sus clientes a toda costa.


Los seguros de vida contienen decenas de condiciones contractuales para poder beneficiarse de las coberturas pactadas, ¿pero sabías que la gran mayoría de seguros de vida e invalidez contienen cláusulas abusivas?

¿Alguna vez has pedido un préstamo hipotecario o personal? ¿te han dicho que para que no te cobren comisiones tenías que cumplir ciertas condiciones? En la gran mayoría de casos te habrán ofrecido la contratación de un ventajoso y maravilloso seguro de vida que te hará dormir todas las noches con una tranquilidad casi celestial pero lo que no te cuentan es que tras firmar numerosas hojas con extensas cláusulas y proceder al pago de una prima de forma perpetua (hasta que digas lo contrario o fallezcas) resulta que su condicionado contiene cláusulas abusivas con la intención de no pagar las indemnizaciones pactadas.


Una cláusula considerada nula en los seguros de vida e invalidez es la cláusula genérica de exclusión por preexistencias de patologías médicas.

¿Cómo se regula la contratación de la póliza?


Las aseguradoras son libres para poder emitir una póliza y establecer libremente la prima de la misma, pero el artículo 10 de la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro establece la forma en que una aseguradora puede y debe evaluar el riesgo personal en una póliza de vida o invalidez antes de la contratación. Puede preguntar al tomador/asegurado todo lo que crea conveniente con el fin de evaluar los riesgos y el tomador/asegurado debe responder con veracidad.


Las preguntas deben ser concretas, claras y no preguntas genéricas sobre el estado de salud general de una persona.


Por ello, el propio art. 10 establece que si no existe ese cuestionario de salud o la aseguradora no pregunta algo que podría interesarle saber, el asegurado queda exonerado de su deber de contestar. Y si preguntan de forma genérica sobre los antecedentes médicos, tampoco valdrá si ello supone que el asegurado deba hacer un autoexamen de lo que entienda relevante. Por ejemplo si la aseguradora pregunta si el cliente tiene colesterol la respuesta es clara y concisa, sí o no, y no admite confusión pero si por el contrario, la pregunta es tan ambigua como si el cliente se encuentra bien de salud, éste puede responder que sí que se encuentra bien a pesar de tener colesterol sin que esta respuesta esté faltando a la verdad.



¿Y por qué las aseguradoras hacen trampas estableciendo una pregunta de salud genérica a sabiendas que un Juzgado la declararía nula?



La respuesta es sencilla, las aseguradoras rechazan el pago de las cuantías aseguradas haciendo alusión a una cláusula del contrato (recordemos que abusiva) donde se establece claramente que "es motivo de exclusión los siniestros cuya causa se derive u origine en alguna patología previa a la contratación de la póliza".


En el 95% de los casos los asegurados o tomadores al comprobar la existencia de dicha cláusula no recurren a expertos como los de la Asociación AREC y dan por válidos los argumentos de la compañía de seguros. Las aseguradoras, a sabiendas que sólo un 5% de sus clientes puedan reclamarle judicialmente la nulidad de dicha cláusula siguen estableciéndolas en sus contratos debido a lo rentable que supone que ese 95% no reclame su derecho al cobro de las cuantías pactadas.


Compañía de seguro: Si de 100 clientes, sólo me reclaman 5, tengo un jugoso beneficio con los otros 95.

Desde la Asociación AREC hemos tramitado numerosas reclamaciones contra seguros de vida e invalidez consiguiendo incluso antes de acudir a los tribunales que las compañías de seguros pagaran las indemnizaciones pactadas.

Al ser profundos conocedores de este tipo de seguros nos avala para conseguir el éxito de la reclamación.


No dudes en contactar con nosotros para recibir nuestro asesoramiento de forma totalmente gratuito.

 

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