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¿Me pueden cortar la luz, agua o gas?: Me han cortado la luz y no puedo pagar.

Actualizado: 24 oct 2023


Suministros básicos de agua, luz, gas

Por norma general, ante varios recibos impagados las compañías de luz, agua o gas proceden a cortar la luz, el agua o el gas hasta que el titular de los mismos procede al pago de las deudas, no sin antes abonar los costes de la reconexión.


Me han cortado la luz y no puedo pagar, ¿pero siendo suministros esenciales nos pueden dejar sin servicio?


Hay una excepción a la norma y es que hasta el 31 de diciembre de 2023 no podrán cortar luz, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.


A raíz de la pandemia del coronavirus, el Gobierno tuvo que blindar a las familias más vulnerables para evitar que las compañías de suministros básicos les dejaran sin estos servicios elementales en un momento de especial vulnerabilidad.

Actualmente, se ha prorrogado esta medida hasta final de año debido a la elevada inflación que está golpeando de lleno a este colectivo.
Colectivos vulnerables

¿Qué es un consumidor vulnerable en relación a las compañías eléctricas?


Se consideran consumidores vulnerables las personas físicas titulares de un punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual, que se acogen al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), y que cumplen los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.


Porcentajes de descuento

¿Cuál es el porcentaje de los descuentos del Bono social eléctrico?


* Los consumidores vulnerables tendrán un descuento del 65% en su factura de luz (antes un 25%).

* Los consumidores vulnerables severos recibirán un descuento del 80% en la factura (antes un 40%).

* El importe mínimo a recibir del Bono Social Térmico será de 40 €.

* Se extiende hasta diciembre del 2023 la prohibición de cortar la luz a consumidores con Bono Social.


Número 1

Requisitos para ser considerado consumidor vulnerable:



* Nivel de renta inferior a 12.600 €/año si no hay menores en la unidad familiar, o 21.000 €/ año si se cumple alguna de las condiciones especiales.

* Nivel de renta por debajo de 16.800 €/año si hay un menor en la unidad familiar, o 25.200 € al año en caso de existir alguna condición especial.

* Ingresos por debajo de los 21.000 € si hay dos menores en la unidad familiar, o 29.400 € si además de haber dos menores, se cumple alguna condición especial.

* Familias monoparentales con un menor a cargo

* Familias numerosas numerosa

* Que el solicitante o todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas, jubilados o incapacitados y perciban una pensión mínima


Para acreditar la condición de consumidor vulnerable ante las empresas suministradoras de gas natural y agua bastará la presentación de la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social de electricidad.


Número 2

Requisitos para ser considerado consumidor vulnerable severo:


* Nivel de renta igual o inferior al 50% de lo que percibe un consumidor vulnerable.

* Si se es familia numerosa, recibir una renta anual igual o inferior a 16.800 €.

* Si el solicitante o los miembros de la unidad familiar son pensionistas, jubilados o incapacitados y su renta anual sea inferior a 8.400 €.


Número 3

Consumidor en riesgo de exclusión social:


Si además de los requisitos anteriores el consumidor es atendido por la administración pública y los servicios sociales y se le financia el 50% de la factura de la luz, se le considera consumidor en riesgo de exclusión social. Este tipo de clientes están más protegidos que el resto, ya que no se les puede cortar la luz.

Por otra parte, si el consumidor tiene alguna minusvalía o es víctima de algún tipo de violencia, los límites establecidos en los cuadros anteriores se incrementan:

* Si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tiene una discapacidad igual o superior al 33%.

* Si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentra en situación de dependencia de grado II o III.

* Si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar sufre violencia de género.

* Si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar es víctima de terrorismo.


Solicitar bono eléctrico

¿Cómo se solicita el Bono social eléctrico?


Los consumidores vulnerables pueden beneficiarse de un descuento en su factura denominado bono social, que se solicita por teléfono, correo electrónico, correo ordinario o fax a alguna de las comercializadoras de referencia, que tiene la obligación de ofrecerlo y financiarlo.


Así que, no te conformes con decir - me han cortado la luz y no puedo pagar - y gestiónalo cuanto antes.


Junto al formulario de solicitud del Bono Social, el consumidor tiene que adjuntar los siguientes documentos para acreditar que se encuentra en situación de vulnerabilidad:


* Fotocopia del DNI del titular del suministro y de todos los miembros de la unidad familiar.

* Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.

* Libro de familia u hoja de registro de todos los integrantes de la familia que convivan juntos.

* Certificado de familia numerosa, en caso de que lo sea.

* Documento que acredite una discapacidad igual o superior al 33%, ser víctima de violencia de género o ser víctima de terrorismo, si es el caso.


¿Quién se puede acoger al Bono temporal de justicia energética?


También hasta el 31 de diciembre de 2023, se establece en el artículo 10 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, de forma excepcional y temporal, que los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética podrán acogerse al bono social de electricidad. Supondrá la aplicación de un descuento del 40% sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y las condiciones van en función de:


Si vives solo Si estás viviendo solo y percibes una renta entre 12.159,42€ y 16.121,56€. Si se encuentra por debajo de los 12.159,42€, puedes solicitar el otro Bono Social de luz con mayor descuento.


Si no vives solo Si no vives solo, el límite de ingresos aumenta en 3.431,88 € por cada miembro mayor de edad de la unidad familiar, y en 4.053,14€ por cada menor de edad.


Condiciones especiales Si algún miembro de la familia tiene discapacidad superior o igual al 33% o ha sido víctima de violencia de género o terrorismo, el límite de ingresos aumentara en 4.053,14€.


Los beneficiarios de este bono temporal no podrán serlo del bono social térmico. 


Bono social térmico

¿Qué es el Bono social térmico?


Los beneficiarios del bono social de electricidad pueden serlo también del bono social para usos térmicos creado en 2018. Esta ayuda, para calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, se abona en un pago único anual y su cuantía depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se ubique la vivienda habitual.

La cuantía mínima de la ayuda aumentó en 2022 desde los 25 hasta los 40 euros anuales y la ayuda media es de 375 euros anuales por beneficiario, cifras que se mantendrán durante 2023.

En la Asociación Arec nos encantaría no volver a escuchar la terrible frase "me han cortado la luz y no puedo pagar". Estamos siempre está del lado de las familias más vulnerables. En caso de estar sobreendeudado te podemos ayudar a empezar de cero gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Contáctanos y estudiamos tu caso gratuitamente.
 

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