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Dentix pide el concurso de acreedores

Actualizado: 23 nov 2023



La Cadena de clínicas dentales DENTIX ha planteado un concurso voluntario con posterioridad a la inclusión en el ERTE de 3.200 de sus trabajadores.

Como era de esperar, las consecuencias de las medidas dictadas por el COVID19 ya están causando estragos. De manera oficial se conoce que la compañía española Dentix es una de las primeras que se acoge al preconcurso de acreedores; no obstante, esto ha causado mucho impacto por la forma en que se ha planteado el mismo.

En primer lugar, en cuanto el Gobierno dictó las medidas temporales de cierre de este tipo de negocios, incluyó a gran parte de su nómina de trabajadores en ERTE para seguidamente acogerse al concurso voluntario de acreedores tal y como lo establece el artículo 5 bis de la Ley Concursal.

Es por ello que, durante el tiempo de la negociación de la cadena de empresas con sus principales acreedores los plazos estarán paralizados mientras dure el estado de alarma, con lo cual le permite ganar mayor tiempo para lograr cesar su insolvencia. Sin embargo, se ha conocido que el preconcurso al cual se ha acogido la empresa, ya estaba previsto antes del decreto de las medidas por Covid19.

En este sentido, cuando KKR decide no continuar financiando la empresa al considerar una situación irregular con una deuda de 40 millones, la banca consciente en no continuar financiando a los proveedores, obligando a la empresa disponer del poco capital que tiene en la caja. Ante esta situación, evidentemente el presidente de Dentix busca ganar tiempo para negociar con sus acreedores principales como KKR y BBVA, así como sus empresas proveedoras y es por ello que acude al concurso voluntario.

Por su parte, el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo establece que no será obligatorio solicitar la declaración de concurso, mientras esté vigente el estado de alarma, ya que será suficiente que la empresa comunique al juzgado competente que ha iniciado una negociación con sus acreedores y así alcanzar un acuerdo de refinanciación de las deudas, aunque el plazo de los tres meses a que se refiere el apartado quinto del artículo 5 bis de la Ley 22/2003 de 9 de julio, Concursal (Ley 1181/2003) haya vencido.

 

Sin lugar a dudas, el preconcurso al cual se ha acogido Dentix, ha ocasionado un gran impacto en la sociedad española, ya que además de los 3200 trabajadores que en principio se quedarán sin empleo, también están los usuarios que habían contratado los servicios de la empresa y quienes tendrán que pagar los créditos solicitados para cubrir el coste de los mismos, sin la debida contraprestación.

De tal suerte que, mientras la empresa no reinicie sus actividades con normalidad, lo clientes podrán válidamente solicitar la suspensión del financiamiento ante la entidad financiera y así evitar el incremento de sus cuotas. Posteriormente, si la empresa reactiva el servicio podrá abonar nuevamente sus cuotas, de otra forma tendría que solicitar la cancelación definitiva del crédito.

Dada las consideraciones que anteceden, la empresa se encuentra diseñando un plan de viabilidad para los usuarios de los servicios que brindaba la clínica dental, tal y como lo prevé la Ley concursal; con el fin de salvaguardar los tratamientos que se hubieren contratado.

En la actualidad, la empresa mantiene a los trabajadores en el ERTE, con lo cual facilita de alguna manera disminuir los costes de nómina mientras mantiene las negociaciones con sus acreedores financieros, y así encontrar una solución viable en el corto plazo para evitar el cierre definitivo de su empresa, por lo que incluso ha comenzado a vender alguna de sus sucursales como las ubicadas en Colombia y Chile.

 

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