Hace apenas seis meses, a día 4 de abril de 2019, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Quart de Poblet (Valencia) estimó la petición de suspensión de un desahucio de vivienda en favor de unos ejecutados tras ser asesorados por la Asociación de Rescate Económico Financiero (AREC).
De acuerdo a lo dispuesto por el art. 1 de la Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social a razón de las condiciones de especial vulnerabilidad de un matrimonio cuyos cónyuges uno presentaba una discapacidad reconocida y el otro se encontraba en situación de desempleo, se consigue paralizar el lanzamiento de su vivienda habitual frente a la financiera Bankia S.A.
Atendiendo al mencionado precepto, la juez acuerda la paralización del lanzamiento y somete su suspensión hasta transcurridos siete años desde la entrada en vigor de la Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, modificado y prorrogado por el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, y a su vez por el Real Decreto-Ley 5/2017, de 17 de marzo.
En este caso, esta victoria supone una prórroga hasta mayo de 2020 y un alivio eventual para un matrimonio que, aparte de encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad y no contar con ninguna otra residencia como válvula de escape, cuenta además con una hija menor de edad y económicamente dependiente a su cargo.
Otra desgarradora historia que nos deja la crisis económico-financiera concebida a finales del último trimestre del año 2008. Gran labor de asesoramiento a familias de parte de la Asociación de Rescate Económico Ciudadano (AREC).
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