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Situación de los deudores hipotecarios

Actualizado: 20 sept 2023


deudores hipotecarios

“Si no puedo pagar mis préstamos…si no puedo pagar mi hipoteca… ¿tengo alguna posibilidad de paralizar mi embargo hipotecario?” “¿Opto por una refinanciación hipotecaria?”

Esta y otras cuestiones suelen surgir en el seno de las familias que, por cuestión de liquidez, no pueden hacer frente al pago de sus obligaciones crediticias. La Asociación de Rescate Económico Ciudadano (AREC) dedica íntegramente sus recursos a asesorar y resolver situaciones tan críticas como las arriba referidas. Con un gran número de victorias a sus espaldas, la Asociación AREC puede describirse como “experta en mejorar la situación de los deudores concursales y en particular, la de los deudores particulares e hipotecarios” .

Bajo la rúbrica de Ley 25/2015 de Segunda Oportunidad se consolida por primera vez en España una ley que nos permite acceder; bien sea en nuestra condición de asalariados o bien sea como autónomos, a un proceso administrativo de declaración de concurso a fin de exonerarnos o, al menos, minorar el pago de nuestras deudas. Por consiguiente, ello quiere decir que se amplía el ámbito de los procesos concursales ya no solo a personas jurídicas, sino también a las personas físicas siempre y cuando éstas reúnan una serie de requisitos fundados en base a la situación de insolvencia actual o inminente del concursado.

En otras palabras, es un procedimiento legal para negociar nuestras deudas con el acreedor (banco, financiera, clientes…) y, en caso de no fructificar el acuerdo, solicitar la cancelación de la misma al juez.

Sin embargo, como ya mencionábamos, deviene necesario trasladar el acierto del legislador en cuanto que se ha mostrado tendente a elevar la protección jurídica a todos los deudores concursales y, en particular, a PYMES, autónomos y particulares que habían visto reiteradamente minorada su capacidad económica tras el estallido de la crisis financiera de 2008.

  1. En un primer momento, con la aprobación de la Ley 11/2013 de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

  2. La Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

  3. La Ley 5/2015 de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial en relación a la satisfacción de las obligaciones crediticias de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

  4. Y finalmente, con la Ley 25/2015 de Segunda Oportunidad modificando la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (en adelante LC) e introduciendo el art. 178 bis LC en relación a la posibilidad de exoneración de los créditos insatisfechos de todo deudor concursal persona natural o física.

 

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